Saltar al contenido
enero 15, 2026
  • Twitter
  • Bluesky
  • Instagram
  • Threads
  • Facebook
cropped-Logo-CGT-AVANZA-POZUELO-Redondo-1

Afíliate a CGT!!!
  • Inicio
  • Quiénes somos
  • ¡Afíliate a CGT!
  • CGT Avanza Pozuelo
  • Convenio 2025-2027
  • Novedades CGT
  • Contacto
blog
  • Inicio
  • Mujer
  • PROTOCOLO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD PARA LAS EMPRESAS DE OOVV DE MADRID
  • Mujer
  • Protocolo de maternidad y paternidad

PROTOCOLO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD PARA LAS EMPRESAS DE OOVV DE MADRID

CGTer@ febrero 10, 2025
Protocolo de maternidad y paternidad para las empresas
¡Comparte, compa!>>

Índice

Toggle
  • I N T R O D U C C I Ó N Y L E G I S L A C I Ó N
  • P R E V I S I O N E S L E G A L E S D E P R O T E C C I Ó N T R A S L A N O T I F I C A C I Ó N D E E M B A R A Z O O L A C T A N C I A N A T U R A L
  • P R O C E D I M I E N T O D E A C T U A C I Ó N

I N T R O D U C C I Ó N Y L E G I S L A C I Ó N

La introducción plena de la mujer al mercado laboral
y la realización de todo tipo de tareas, sumado a un
estado de gestación, ha condicionado nuevas
situaciones en las que la propia gestación y la
exposición a agentes, procedimientos o condiciones
de trabajo pueden influir negativamente en la salud
de la madre o del feto.

Para la trabajadora gestante, la exposición a ciertos
factores relacionados directamente con
procedimientos en su puesto de trabajo puede
suponer un riesgo para el normal desarrollo del feto
o para la salud de la propia trabajadora.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales,
en su artículo 25, bajo la rúbrica “ Protección de los
trabajadores especialmente sensibles a
determinados riesgos”, contiene una regulación
mediante la cual obliga al empresario a garantizar la
protección de todos aquellos trabajadores que
puedan verse afectados de forma singular por algún
riesgo identificado en el puesto de trabajo.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha
venido incluyendo dicha protección como una de la
recomendaciones a sus países miembros.

La Directiva del Consejo de Europa 92/85/CEE, de 19
de octubre relativa a las medidas para promover la
mera de la salud y seguridad en el trabajo de la
mujer trabajadora y previamente la Directiva Marco
89/391/CEE de 12 de junio de 1989 en su artículo 15º así
lo determinan.

En España la LPRL contempla en su artículo 26º, la
obligación empresarial de identificar aquellos riesgos
que puedan ser peligrosos para la salud de la
trabajadoras gestantes o del feto.

Para la identificación y evaluación de riesgos serán de
aplicación las previsiones contenida en el Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero en la redacción dada
por el Real Decreto 298/2009 de 6 de marzo ( Capitulo
II, Anexos VII, VIII) donde se contempla la lista no
exhaustiva de agentes procedimientos y condiciones
de trabajo a las que no puede haber riesgo de
exposición o que pueden influir negativamente en la
salud de las trabajadoras embarazadas o en periodo
de lactancia natural, del feto o del lactante.

En consecuencia, el ámbito inicial de identificación y
protección es en el campo laboral y sus responsables,
los correspondientes directivos de la empresa, bien
directamente o bien a través de los Servicios de
Prevención.

A partir del resultado de la evaluación de riesgos se
determinan cuales son los puestos que pueden incidir
en el embarazo o lactancia, respecto de los cuales las
empresas vienen obligadas a informar a las
trabajadoras así como a tomar las medidas
necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo
previstas en el artículo 26 LPRL.

P R E V I S I O N E S L E G A L E S D E P R O T E C C I Ó N
T R A S L A N O T I F I C A C I Ó N D E E M B A R A Z O
O L A C T A N C I A N A T U R A L

Una vez que la trabajadora tenga conocimiento del
embarazo o del posible riesgo para la lactancia
natural informará de ello a la empresa para que se
active el procedimiento de protección establecido.

La trabajadora NO está obligada a comunicar a la
empresa su embarazo, parto reciente o que está en
periodo de lactancia( STC 92/2008 y 124/2009).

Tras la notificación, se procederá según la
conclusiones de la evaluación de riesgos en función
de sus tareas o puesto de trabajo.

También es recomendable realizar una revisión de la
citada evaluación de riesgos que incluya de manera
específica la situación de cada trabajadora par
individualizar, en la medida de lo posible, tanto los
riesgos como las medidas de protección.

Así mimo es aconsejable mantener la atención a lo
largo del tiempo para detectar cambios o nuevos
riesgos sobrevenidos durante el periodo de
gestación o lactancia y adoptar las medidas
correspondientes.

En caso de que la evaluación de riesgos determinara
la existencia de riesgos para la salud de la
trabajadora, el feto o su hijo/a la empresa deberá:

1º Adaptar las condiciones de trabajo.

2º Excluir a la trabajadora embarazada o en periodo
de lactancia del trabajo a turnos o nocturno cuando
fuese necesario.

3º Si la adaptación de condiciones y/o tiempo de
trabajo no fuese posible o no fuese suficiente, se
procederá a:

a) Cambiar a un puesto de trabajo o tareas
compatibles con su estado. Dicho cambio podría ser
a grupo o categoría diferente, manteniendo la
retribución de origen, cuando no pueda hacerse
dentro de los que le corresponden.

b) Causar Baja por IT por riesgo en el embarazo o
lactancia cuando no sea posible garantizar la
seguridad y salud de la trabajadora.

Dentro del deber genérico de protección de la
seguridad y salud de las trabajadoras se incluirá el
permiso retribuido para la realización de exámenes
prenatales y la preparación al parto.

Al final del documento se incluye Anexo con Modelo
de “Notificación situación de embarazo o lactancia”
y Modelo de “ Recomendaciones Generales en Caso
de Embarazo o Lactancia”.

P R O C E D I M I E N T O D E A C T U A C I Ó N

1- (NOMBRE DE LA EMPRESA) notificará al inicio de la
relación contractual de los trabajadores y
trabajadoras que existe un protocolo de maternidad y
lactancia.
Se realizarán campañas anuales como recordatorio a
la plantilla por parte de la empresa.

2- Comunicará la evaluación de riesgos del puesto
que va a ocupar el trabajador o la trabajadora
referido a la situación de maternidad o lactancia.

3- Que como se recoge actualmente en la evaluación
de riesgos las trabajadoras y trabajadores de
(NOMBRE DE LA EMPRESA) han de dirigirse “ Informar a
su responsable inmediato y/o al servicio de
prevención”.
Determinar y comunicar en el protocolo de actuación
las direcciones de correo electrónico de RRHH y el
servicio de prevención para que el trabajador y
trabajadora dispongan fehacientemente de ellas.

4- Adjuntar modelos de” notificación en situación de
embarazo o lactancia” y “recomendaciones en caso
de embarazo y lactancia”. Anexar este protocolo al
Plan de Igualdad que tiene (NOMBRE DE LA EMPRESA).

PROTOCOLO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD PARA LAS EMPRESAS DE OOVV DE MADRID_Descarga
Tags: Mujer Paternidad

Post navigation

Anterior El autobús se consolida como el principal medio de transporte en 2024
Siguiente 11 de Febrero: Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia

Historias relacionadas

Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid
  • Mujer
  • Secretaría de la Mujer sindicato de OOVV de Madrid de CGT

Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid

enero 4, 2026
Día Internacional de la Lengua Materna, 21 de febrero _21 de Febrero Día Internacional de la Lengua Materna
  • Mujer
  • Secretaría de la Mujer sindicato de OOVV de Madrid de CGT

Día Internacional de la Lengua Materna, 21 de febrero

febrero 21, 2025
Día Mundial de la Justicia Social, 20 de febrero 20 de Febrero Día Mundial de la Justicia Social
  • Mujer
  • Secretaría de la Mujer sindicato de OOVV de Madrid de CGT

Día Mundial de la Justicia Social, 20 de febrero

febrero 20, 2025

Noticias Recientes

  • Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid
  • Las cucarachas no son compañeras de trabajo: exijimos condiciones dignas en los autobuses interurbanos de Málaga
  • Contestación de la Sección Sindical de CGT en Avanza Pozuelo a la posición de ASTIC contraria a la jubilación anticipada del sector del transporte por carretera
  • REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTODE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTODEL PLAN DE IGUALDAD
  • Factores de riesgo de Estrés Laboral

Categorías

Te pueden interesar

Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid
  • Mujer
  • Secretaría de la Mujer sindicato de OOVV de Madrid de CGT

Calendario Feminista 2026 de CGT Oficios Varios de Madrid

enero 4, 2026
Las cucarachas no son compañeras de trabajo: exijimos condiciones dignas en los autobuses interurbanos de Málaga cucarachas-en-autobuses-avanza-malaga
  • Grupo Avanza

Las cucarachas no son compañeras de trabajo: exijimos condiciones dignas en los autobuses interurbanos de Málaga

noviembre 7, 2025
Contestación de la Sección Sindical de CGT en Avanza Pozuelo a la posición de ASTIC contraria a la jubilación anticipada del sector del transporte por carretera ASTIC_CCOO_UGT_complices
  • COEFICIENTES REDUCTORES

Contestación de la Sección Sindical de CGT en Avanza Pozuelo a la posición de ASTIC contraria a la jubilación anticipada del sector del transporte por carretera

octubre 7, 2025
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTODE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTODEL PLAN DE IGUALDAD PLANES DE IGUALDAD CGT
  • Planes de Igualdad

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTODE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTODEL PLAN DE IGUALDAD

septiembre 29, 2025
  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de Cookies
  • Twitter
  • Bluesky
  • Instagram
  • Threads
  • Facebook
Sección Sindical de CGT de Avanza Pozuelo. | DarkNews por AF themes.

Desarrollado por
...
►
Las cookies necesarias habilitan funciones esenciales del sitio como inicios de sesión seguros y ajustes de preferencias de consentimiento. No almacenan datos personales.
Ninguno
►
Las cookies funcionales soportan funciones como compartir contenido en redes sociales, recopilar comentarios y habilitar herramientas de terceros.
Ninguno
►
Las cookies analíticas rastrean las interacciones de los visitantes, proporcionando información sobre métricas como el número de visitantes, la tasa de rebote y las fuentes de tráfico.
Ninguno
►
Las cookies de publicidad ofrecen anuncios personalizados basados en tus visitas anteriores y analizan la efectividad de las campañas publicitarias.
Ninguno
►
Las cookies no clasificadas son aquellas que estamos en proceso de clasificar, junto con los proveedores de cookies individuales.
Ninguno
Desarrollado por