La reciente sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Rollo de Apelación 373/2023), desestimando el recurso interpuesto por una viajera accidentada contra Allianz y Vitrasa, del Grupo Avanza, ofrece una oportunidad para destacar el compromiso y la profesionalidad de las conductoras y conductores de autobuses en su día a día.
Al confirmar la ausencia de negligencia por parte del conductor en el accidente que sufrió la viajera, el fallo subraya la importancia de un enfoque justo y equilibrado al analizar las responsabilidades en el transporte público, reconociendo las condiciones reales en las que desempeñamos nuestra labor.
Un fallo que refleja la realidad del día a día
En la sentencia se concluye que la caída ocurrió debido a que la pasajera no se agarró a las barras de seguridad mientras el autobús ya estaba en marcha, como declaró una testigo.
Esta interpretación, lejos de señalar culpables, pone de manifiesto las dinámicas reales del transporte público, donde la seguridad es una responsabilidad compartida entre quienes conducen y quienes viajan.
Las conductoras y conductores enfrentamos horarios ajustados, tráfico impredecible y la presión de garantizar el bienestar de todas las personas viajeras, a la vez que cumplimos con un servicio puntual y eficiente.
Es fundamental recordar que un autobús en movimiento es un entorno dinámico. La seguridad no solo depende de quienes conducen, sino también de las personas usuarias, quienes deben adoptar medidas básicas de autoprotección, como sujetarse a los asideros.

Si una conductora o un conductor esperara indefinidamente a que todas las personas pasajeras estuvieran sentadas antes de arrancar, el sistema de transporte público se vería seriamente afectado en sus horarios.
La realidad de las conductoras y conductores
Este caso destaca, además, una problemática que desde CGT llevamos tiempo señalando: el constante escrutinio y la carga de responsabilidad que se impone a las conductoras y conductores. La sentencia afirma que no hubo «maniobra indebida» por parte del conductor, pero el simple hecho de que nuestras acciones sean evaluadas de manera constante bajo sospecha resulta injusto y desmoralizante.
Las personas que conducimos autobuses somos profesionales que velamos cada día por la seguridad de miles de personas, y es crucial que nuestras acciones se valoren dentro del contexto real en el que trabajamos.
Responsabilidad compartida: un enfoque necesario
La sentencia también menciona que la viajera accidentada tenía dificultades de movilidad y portaba una muleta, lo que resalta la necesidad de reforzar las campañas de concienciación para las personas usuarias del transporte público, especialmente aquellas con movilidad reducida, sobre cómo abordar y desplazarse en los autobuses de forma segura.
Además, es imprescindible una mayor inversión en vehículos adaptados e infraestructura que garantice viajes más accesibles y seguros para todas las personas.
La evaluación de responsabilidades en los accidentes debe realizarse desde una perspectiva justa y equilibrada. Las conductoras y conductores no podemos ser los únicos señalados en un sistema donde múltiples factores influyen en la seguridad.
Exigimos apoyo y reconocimiento
Desde CGT, reclamamos:
- Una revisión de los criterios judiciales para evaluar accidentes en el transporte público, que contemple el contexto operativo y las responsabilidades compartidas.
- Mayor apoyo institucional para las conductoras y conductores, con formación en prevención y protocolos claros que respalden nuestra labor en casos como este.
- Campañas educativas para las personas usuarias, que promuevan comportamientos responsables al viajar en autobuses.
Este fallo debe servir como una oportunidad para reconocer la labor de quienes conducimos autobuses, un pilar esencial del transporte público. Reivindicamos el respeto y la justicia que merecemos, con el compromiso de seguir ofreciendo un servicio seguro y de calidad a toda la ciudadanía.
