El Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en 2019 y en vigor desde 2021, establece un marco jurídico vinculante para prevenir y abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
Este texto marca un avance histórico al reconocer estos comportamientos como una amenaza grave a los derechos humanos, la igualdad de oportunidades y la dignidad en el empleo.
En España, el convenio entró en vigor el 25 de mayo de 2023, fortaleciendo el marco normativo en materia de protección laboral.
Definición clave: Violencia y acoso
El artículo 1 del Convenio 190 define la violencia y el acoso como “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico”.
Esta definición incluye también la violencia y el acoso por razón de género.
Aspecto clave: Una conducta puede considerarse acoso incluso si ocurre una sola vez, siempre que sea susceptible de causar daño. Esto amplia significativamente el alcance de protección en comparación con enfoques tradicionales que requerían la repetición de comportamientos.
Obligaciones de los Estados miembros
El Convenio 190 establece una serie de obligaciones para los Estados que lo ratifican. Entre estas, se incluyen:
1. Adopción de medidas legales y políticas: Crear un marco jurídico que prohíba y sancione la violencia y el acoso en el trabajo.
2. Prevención: Diseñar estrategias preventivas, incluyendo la identificación y evaluación de riesgos laborales.
3. Protección y recursos: Garantizar que las víctimas tengan acceso a recursos legales, apoyo y mecanismos de queja.
4. Sensibilización y formación: Promover la educación sobre los derechos laborales y las consecuencias de la violencia y el acoso.
5. Supervisión y cumplimiento: Establecer mecanismos para la inspección y cumplimiento de las normativas relacionadas.
Implementación en España
Marco normativo
En España, el Convenio 190 se integra en un marco normativo consolidado que incluye la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y el Estatuto de los Trabajadores. Algunas de las implicaciones más relevantes son:
Prevención de riesgos psicosociales: La violencia y el acoso se consideran riesgos psicosociales que deben ser evaluados y gestionados en el contexto de la LPRL. Esto implica que las empresas deben identificar, evaluar y mitigar estos riesgos en sus planes de prevención.
Planes de igualdad: En el caso de las empresas con más de 50 empleados, los planes de igualdad deben incluir medidas específicas para prevenir el acoso sexual y por razón de género.
Formación obligatoria: Las empresas están obligadas a proporcionar formación específica sobre violencia y acoso laboral.
Implicaciones prácticas para las empresas
1. Políticas internas: Las empresas deben establecer y comunicar políticas claras contra la violencia y el acoso, incluyendo protocolos de actuación ante denuncias.
2. Evaluación de riesgos: Es obligatorio incluir la violencia y el acoso como parte de las evaluaciones de riesgos laborales.
3. Mecanismos de denuncia: Las empresas deben implementar sistemas accesibles y confidenciales para que los trabajadores denuncien situaciones de acoso o violencia.
Rol del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) desempeña un papel crucial en la difusión y aplicación del Convenio 190.
Aunque no existe una Nota Técnica de Prevención (NTP) específica dedicada al convenio, el INSST ha integrado sus principios en varias publicaciones y guías técnicas sobre riesgos psicosociales. Algunas iniciativas destacadas incluyen:
Publicaciones: Informes y documentos técnicos que abordan la violencia y el acoso como factores de riesgo laboral.
Formación: Cursos y talleres dirigidos a empresas y profesionales de la prevención.
Sensibilización: Campañas informativas que subrayan la importancia de prevenir la violencia y el acoso.
Intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS)
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es la encargada de supervisar el cumplimiento de las normativas laborales en España. En relación con el Convenio 190, la ITSS puede intervenir en los siguientes casos:
Denuncias de acoso: Investigar denuncias de trabajadores sobre situaciones de acoso laboral o violencia.
Supervisión de planes de prevención: Verificar que las empresas incluyan medidas para prevenir la violencia y el acoso en sus evaluaciones de riesgos.
Sanciones: Imponer sanciones administrativas a las empresas que incumplan las normativas relacionadas.
Aunque no se han publicado criterios técnicos específicos de la ITSS vinculados directamente al Convenio 190, su aplicación está alineada con las directrices generales de prevención de riesgos laborales.
Jurisprudencia y casos relevantes
Desde la ratificación del Convenio 190, los tribunales españoles han comenzado a utilizarlo como referencia en casos de acoso laboral. Algunos casos destacables incluyen:
Ampliación de conceptos: Sentencias que reconocen como acoso situaciones que anteriormente no se consideraban bajo esta categoría, como episodios únicos de violencia verbal extrema.
Protección de colectivos vulnerables: Fallos que refuerzan la protección de mujeres, personas LGTBIQ+ y trabajadores en situación de precariedad frente a conductas abusivas.
Conclusión
El Convenio 190 de la OIT representa un cambio paradigmático en la protección de los trabajadores frente a la violencia y el acoso.
Su implementación en España no solo refuerza las obligaciones de las empresas, sino que también proporciona una herramienta jurídica clave para trabajadores, sindicatos y autoridades laborales.
La colaboración entre el INSST, la ITSS y los agentes sociales será fundamental para garantizar que los principios del Convenio 190 se traduzcan en una mejora real de las condiciones laborales.
Con este convenio, España da un paso adelante hacia la erradicación de la violencia y el acoso en el trabajo, promoviendo entornos laborales más seguros, igualitarios y respetuosos para todos.
